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HomeMy WebLinkAboutOrdenanzas de estacionamiento.en.esyo.ORDENANZA QUE REGULA
ESTACIONAMIENTO EN AUTOPISTAS EN
LA CIUDAD DE GROTON
Con el propósito de mejorar la seguridad vehicular y facilitar la remoción de nieve y hielo en las carreteras dentro de la ciudad de Groton, la Junta Municipal ordena lo siguiente:
Sección 1: Definiciones: Las palabras y frases utilizadas en esta Ordenanza tendrán, para los fines de esta Ordenanza, los significados que respectivamente les otorga el Artículo 1 de
la Ley de Vehículos y Tránsito del Estado de Nueva York.
Sección 2: Estacionamiento prohibido: Por la presente se prohíbe el estacionamiento de vehículos en todas las carreteras de la ciudad dentro de la ciudad de Groton entre las 10:00 p.
m. y las 7:00 p. m.
am del 1 de noviembre al 1 de mayo de cada año.
Sección 3: Remoción de Vehículos: Cuando cualquier vehículo esté estacionado o abandonado en cualquier carretera municipal dentro del Municipio durante las fechas y horas prohibidas
por esta Ordenanza, dicho vehículo podrá ser retirado por o a discreción del Superintendente de Carreteras del Municipio, su designado.,o cualquier agencia encargada del cumplimiento
de la ley.
Sección 4: Almacenamiento y Cargos Relacionados: En caso de retiro de cualquier vehículo que infrinja esta Ordenanza, el Superintendente de Carreteras Municipales podrá gestionar el
almacenamiento de dicho vehículo a expensas del propietario. El propietario podrá recuperar el vehículo una vez pagados todos los gastos relacionados con el retiro y el almacenamiento.
Sección 5: Aviso de retiro: El Superintendente de Carreteras de la Ciudad informará la ubicación de retiro y almacenamiento de cualquier vehículo retirado, según lo dispuesto en esta
Ordenanza, al Sheriff del Condado de Tompkins y será deber del Superintendente de Carreteras de la Ciudad averiguar, en la medida de lo posible, quién es el propietario del vehículo
y notificarle la ubicación de retiro y almacenamiento y el monto para recuperar el vehículo.
Sección 6: Sanciones:El propietario de cualquier vehículo estacionado en violación de esta Ordenanza será culpable de una violación y estará sujeto aaabiende no más de $50.00 por una
primera infracción y una multa de no más de $100.00 por cualquier segunda infracción o infracción subsiguiente.
Sección 7: Ordenanza de estacionamiento de McLean: Esta Ordenanza no derogará ni enmendará de ninguna manera la Ordenanza de estacionamiento adoptada por la ciudad de Groton el 15 de
febrero de 1971 en relación con el estacionamiento de vehículos en ciertas calles en la aldea deMcLean, Sin embargo, todas las demás carreteras de la ciudad dentro de la aldea de McLean
no mencionadas en la Ordenanza de estacionamiento de 1971 están sujetas a esta Ordenanza..Sección 8:Fecha de entrada en vigor:EsteOrdenanzadeberllevarefectodespuésesadopción y su publicación
según lo requiera el AyuntamientoLey.
Adoptado:12 de marzo,2002
ORDENANZA QUE REGULA EL ESTACIONAMIENTO EN LAS CARRETERAS EN LA ALDEA DE McLEAN, CIUDAD DE GROTON, CONDADO DE TOMPKINS, ESTADO DE NUEVA YORK
Con el fin de mejorar la seguridad vehicular y peatonal y facilitaricertificar la remoción de nieve y hielo con respecto a las carreteras dentro de la aldea de McLean,Ciudadde Groton,Condado
de Tompkins y Estado de Nueva York, la Junta Municipal de la Ciudad de Groton ordena lo siguiente:
Sección 1:Definiciones: Las palabras y frases utilizadas en esta Ordenanza tendrán, para los fines de esta Ordenanza, los significados que respectivamente les otorga el Artículo I de
la Ley de Vehículos y Tránsito del Estado de Nueva York..
Sección 2:Estacionamiento prohibido: Por la presente se prohíbe el estacionamiento de vehículos en ambos lados de Stevens Road, también conocida como County Road 104, por una distancia
de 170 pies al norte desde la intersección de Stevens Road (también conocida como County Road 104) y una vía pública conocida como"EscuelaCalle."
Sección 3: Sanciones:El propietario de cualquier vehículo estacionado en violación de esta Ordenanza será culpable de una violación y estará sujeto a una multa de no más de $50..00 por
una primera infracción y una multa de no más de $100.00 por cualquier segunda infracción o infracción subsiguiente.
Sección 4: Ordenanzas anteriores:Esta Ordenanza modificará y reemplazará la Ordenanza de estacionamiento adoptada por la ciudad de Groton el 15 de febrero.,1971 relativa al estacionamiento
de vehículos en determinadas calles de la aldea de McLean.Sin embargo,Esta Ordenanza no modificará ni derogará la Ordenanza de estacionamiento adoptada por la ciudad de Groton el 12
de marzo.,2002.
Sección.5:Fecha de vigencia: Esta Ordenanza entrará en vigor después de su adopción y publicación según lo requiera la Ley Municipal.
Adoptardelmi14elhoFNoviembre,2006